P. José Luis Correa Lira
Hoy es la ‘conmemoración de todos los fieles difuntos’.
Recordemos que enterrar a los muertos (Cf. Mt 25,31-46) es una obra de misericordia (Cf. Catecismo 2447), pues “los cuerpos de los difuntos deben ser tratados con respeto y caridad en la fe y la esperanza de la resurrección. Enterrar a los muertos es una obra de misericordia corporal (Cf. Tb 1,16-18), que honra a los hijos de Dios, templos del Espíritu Santo.” (Catecismo 2300)
Sobre la autopsia de los cadáveres dice el Catecismo que “es admisible moralmente cuando hay razones de orden legal o de investigación científica.” Lo mismo que “el don gratuito de órganos después de la muerte es legítimo y puede ser meritorio.” (Catecismo 2301) Y sobre la incineración, dice ahí mismo, la Iglesia la permite. De ahí los ‘columbarios’ etc., no así el guardar o esparcir las cenizas.
Como lo veíamos ayer, el Catecismo (958) nos enseña que “la Iglesia peregrina, (…) desde los primeros tiempos del cristianismo honró con gran piedad el recuerdo de los difuntos y también ofreció por ellos oraciones ‘pues es una idea santa y provechosa orar por los difuntos para que se vean libres de sus pecados’ (2 M 12, 45) (LG 50). Nuestra oración por ellos puede no solamente ayudarles sino también hacer eficaz su intercesión en nuestro favor.”
Sobre la oración por los difuntos ya habla la Sagrada Escritura en el Antiguo Testamento: “Por eso mandó [Judas Macabeo] hacer este sacrificio expiatorio en favor de los muertos, para que quedaran liberados del pecado” (2 M 12, 46). Desde los primeros tiempos, la Iglesia ha honrado la memoria de los difuntos y ha ofrecido sufragios en su favor, en particular el sacrificio eucarístico (cf. DS 856), para que, una vez purificados, puedan llegar a la visión beatífica de Dios. La Iglesia también recomienda las limosnas, las indulgencias y las obras de penitencia en favor de los difuntos.” (Catecismo 1032) “En virtud de la ‘comunión de los santos’, la Iglesia encomienda los difuntos a la misericordia de Dios y ofrece sufragios en su favor, en particular el santo sacrificio eucarístico.” (Catecismo 1055)
La Misa puede ser ofrecida por los fieles difuntos (Cf. Catecismo 1371), como es la práctica con las Misas de funeral, los septenarios y o novenarios, las Misas de mes, o de aniversario al año, etc., entre algunas tradiciones.
Finalmente, también “todo fiel puede (…) aplicar por los difuntos, a manera de sufragio, las indulgencias tanto parciales como plenarias” (CIC, can. 992-994) (Catecismo 1471) “Puesto que los fieles difuntos en vía de purificación son también miembros de la misma comunión de los santos, podemos ayudarles, entre otras formas, obteniendo para ellos indulgencias, de manera que se vean libres de las penas temporales debidas por sus pecados.” (Catecismo 1479)
Recemos guardando buena memoria por nuestros queridos difuntos, que nos han precedido en el retorno a la casa paterna, el cielo.
P. JL
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